viernes, 24 de octubre de 2014

Viviendas de uso turístico en Andalucía

Dice el artículo 5.d de la Ley de Arrendamientos Urbanos  que quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta ley: La cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística y realizada con finalidad lucrativa, cuando esté sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial.


miércoles, 8 de octubre de 2014

Reforma fiscal y alojamientos rurales.


Hoy se a dado luz verde a la nueva reforma fiscal, por la que se modifican IRPF, IVA e impuesto de Sociedades, con efecto desde el 1 de enero de 2015.


En esta reforma se reducen los tramos de IRPF, para el impuesto de sociedades aparece una posible tributación del 20% (la bonificación del 80% en empresas que se dediquen al arrendamiento de inmuebles sigue en vigor) y además, entre otras cosas, se rebajan las retenciones a los autónomos.



Es por ello que a la hora de arrendar un inmueble rural sea muy conveniente estudiar que figura jurídica puede resultar más interesante, en cada caso, para un mayor ahorro fiscal.

martes, 7 de octubre de 2014

Espacialistas en tributación y gestión de alojamientos rurales

La reciente proliferación del turimos rural esta haciendo que la Agencia Tributaria tenga su foco de atención en los propietarios de alojamientos rurales (casas rurales, hoteles rurales, etc...), y estén proliferando las actuaciones de hacienda hacía estos propietarios.



viernes, 21 de marzo de 2014

Liquidación ITP en compra de inmuebles

Recogemos aquí la siente noticia publicada en el periódico El Confidencial:


Recibir una carta de Hacienda pocas veces hace presagiar buenas noticias. Si en esa misma misiva aparece escrito “Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados” y “Propuesta de liquidación”, prepárese para una buena sacudida a su bolsillo.

Desde hace varios años, las comunidades autónomas -acuciadas por la crisis y la falta de ingresos- están remitiendo a quienes compraron vivienda hace algunos años un documento en el que reclaman el pago de impuestos 'extra' por dicha operación. La Consejería de Economía y Hacienda de turno considera que el precio de compra sobre el que se calcularon los impuestos a pagar por el comprador no cuadra con el valor que la Administración local asigna a dicho inmueble. De ahí la reclamación de esas cantidades adicionales. 

En algunas ocasiones, la entidad bancaria que financia la operación advierte al comprador de este contratiempo pero la mayoría de las veces, esta carta le pilla totalmente desprevenido.